Ante la situación de detención en flagrancia o de detención por orden judicial previa, el detenido necesariamente debe someterse a la denominada “Audiencia de Control de Detención”. Esto a fin de verificar si se cumplen los requisitos y si se ajusta a derecho su detención.
Entendamos que la detención de una persona solo debe realizarse frente a ciertos hechos, ya que la libertad está garantizada constitucionalmente y solo excepcionalmente puede privarse de ella; entre esas situaciones es ante la comisión de un delito.
Así, la Audiencia de Control de Detención es la audiencia ante el Juez de Garantía a la que toda persona que es detenida es conducida dentro de primeras 24 horas, y cuyo objeto es que el juez verifique la legalidad de la detención, es decir, que se ha dado cumplimiento a la obligación de informar los derechos al detenido y que se han respetado las leyes que establecen los derechos y garantías del detenido.
Situaciones que la ley autoriza la detención:
Si la persona tiene orden de detención pendiente.
Si la persona es detenida ante un delito flagrante (artículo 130 del código procesal penal).
Si la persona es sorprendida incumpliendo la o las medidas cautelares personales que se le hubiesen impuesto.
En esta audiencia deben asistir el fiscal y el abogado defensor, en donde el fiscal singulariza el contexto de la detención, lugar, fecha, fundamento de la detención y especies que eventualmente se encontraban en posesión del detenido.
Una vez individualizados los hechos de la detención, el juez debe determinar si la detención se ajusta a derecho o no, declarando legal o ilegal la detención.
En misma audiencia y teniendo antecedentes suficientes, el fiscal puede formalizar la investigación en el mismo acto y solicitar medidas cautelares de acuerdo a la gravedad de los hechos investigados.
Hay que recalcar que, si una persona es detenida sin fundamento plausible, es importante que se haga asesorar por un abogado, con la finalidad de revisar eventuales los errores procedimentales de las policías, que obligue al Juez de Garantía declarar ilegal la detención.